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Medidas cautelares JEP

¿Qué son las medidas cautelares en la JEP?

En la justicia ordinaria las medidas cautelares son instrumentos para la protección temporal de la integridad de un derecho en riesgo. A través de estas se protege preventivamente a quien acude a las autoridades judiciales a reclamar un derecho, con el fin de garantizar que la decisión adoptada sea materialmente ejecutable. Si la ley no estableciera mecanismos para asegurar sus resultados, impidiendo la destrucción o afectación del derecho controvertido, los fallos resultarían ilusorios (Corte Constitucional, Sentencia C-379/04). 

Si bien para los procesos de la justicia ordinaria estos mecanismos pueden considerarse como medidas temporales y accesorias, en la justicia transicional estas tienen un carácter particular por sus alcances y dimensiones.  

La Ley 1922 de 2018, por medio de la cual se adoptan reglas de procedimiento para la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), establece que las medidas cautelares pueden ser:

Preventivas 

Conservativas 

Anticipativas 

Suspensivas 

De acuerdo con la mencionada Ley, las medidas cautelares que puede adoptar la JEP deben tener como fines: 

1. Evitar daños irreparables a personas y colectivos. 

2. Proteger y garantizar el acceso a la información que se encuentra en riesgo inminente de daño, destrucción y/o alteración. 

3. Garantizar la efectividad de las decisiones. 

4. La protección de las víctimas y el real restablecimiento de sus derechos. 

5. Las medidas judiciales necesarias para la asistencia de las víctimas, su protección y el restablecimiento de sus derechos (Ley 1922 de 2018).  

Desde el año 2018, el desarrollo jurisprudencial de la Sección de Ausencia de Reconocimiento determinó algunos aspectos particulares de las medidas cautelares en la JEP, que las diferencian de las  de la justicia ordinaria. Uno de estos aspectos es que, para ser decretadas, las medidas no requieren estar vinculadas a un proceso concreto en curso dentro de la JEP (es decir, a un macrocaso abierto por la Sala de Reconocimiento o procesos de comparecientes en las salas y secciones) y pueden ser autónomas, así como accesorias, ante la evidente vulneración a los derechos de las víctimas y comparecientes.  

Además, tienen un enfoque restaurativo dirigido a la ejecución y protección de los fines del Acuerdo de Paz. Por ejemplo, derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.  

En este sentido, estas medidas son similares a las que decreta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que, sin tener procesos en curso, adopta medidas para proteger un derecho que esté siendo amenazado.  

Los tipos de medidas cautelares que se han decretado hasta el momento en la JEP son: 

Medidas de protección de lugares  

Buscan proteger lugares como cementerios, terrenos (lugares rurales dispersos), cuerpos de agua, entre otros, cuando se presume que en ellos se encuentran los cuerpos de personas dadas por desaparecidas, así como por su importancia en las investigaciones y en el proceso restaurativo.

Ejemplos: Cementerio de Marsella (Risaralda), Canal del Dique, Cementerio Las Mercedes         de Dabeiba (Antioquia), Escombrera de la Comuna 13 de Medellín (Antioquia), Hornos             crematorios ubicados en la frontera con Venezuela y el Estero de San Antonio en  B uenaventura. 

Medidas de protección a personas individuales o colectivas 

Apuntan a proteger individuos o grupos que se encuentren en graves situaciones de peligro.  

Ejemplo: Protección a firmantes del Acuerdo de Paz. 

Protección de la memoria histórica 

Tienen como fin la protección de las narrativas  relacionadas con el conflicto armado.  

Ejemplo: Caso del Centro Nacional de Memoria Histórica. Esta medida busca preservar los relatos del guion museográfico: “Voces para transformar a Colombia”, que fue  construido de manera consensuada con las víctimas y sus organizaciones. 

Medidas de protección de información 

Buscan proteger información y documentación fundamental para el esclarecimiento de verdad, que puede ser destruida o alterada.

Ejemplo: Intervención para la protección de archivos de inteligencia, contrainteligencia y  gastos reservados del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). 

Otros aspectos relevantes  de las medidas cautelares que imparte la JEP son: 

  • Pueden ser solicitadas a petición de intervinientes en los procesos o de oficio por parte de magistrados de las salas o secciones de la JEP. 
  • Su decreto puede darse en cualquier momento del proceso. 
  • Deben tener seguimiento semestral. 
  • Se debe cumplir con los elementos del Test de competencia, verificando si (i) existe alguna vinculación de las medidas en curso con los procesos al interior de la JEP; (ii) los solicitantes están legitimados para hacer la petición; (iii) las medidas cautelares son necesarias para que algún componente del SIVJRNR materialice su rol funcional. 
  • Tienen un estándar mínimo de prueba que exige cumplir criterios de gravedad y urgencia.